Leyes Ecuatorianas de Transito
Cada año se suscitan varios accidentes de automovilísticos en el Ecuador, y desafortunadamente, muchas personas sufren daños severos y/o mueren en estos hechos. La frecuencia de los accidentes de tránsito en Ecuador ha intensificado el debate sobre la seguridad vial y peatonal en el Ecuador. La cultura vial en Ecuador sigue desarrollándose y evolucionando (y de igual manera las leyes de transito), y una pregunta importante y vital en el debate sobre la seguridad vial y peatonal es: quien es responsable de un accidente de tránsito en el Ecuador?
En el Ecuador, las partes responsables de un accidente de tránsito son determinadas en un juicio por medio de un juez ecuatoriano de tránsito. Este juicio termina con una sentencia del juez. Mientras que la población en general tiene la tendencia de siempre inculpar a los conductores ecuatorianos de cualquier tipo de accidente suscitado, independientemente de la determinación del juez de tránsito, la realidad actual del asunto no es tan simple. Las causas reales de los accidentes frecuentes en nuestro país requieren de un análisis más profundo. Todas las infracciones de tránsito deberían ser evaluadas y la responsabilidad legal de cada usuario vial necesitan ser bien destacadas, ya sea que se trate del incumplimiento sin incidentes de no haber observado una norma de circulación hasta sobre las formas más traicioneras de accidentes de atropello y fuga en el Ecuador.
Infracciones de Tránsito en el Ecuador
Art. 371 del Código Orgánico General de Procesos (COIP) establece: “Las infracciones de tránsito o las omisiones ocasionadas en el área del transporte y seguridad vial son contravenciones de tránsito.”
Adicionalmente, el Art. 183 de la ley de tránsito del Ecuador establece: “Los usuarios de las vías están obligados a obedecer las regulaciones y las leyes de tránsito, las indicaciones procedentes de un agente de tránsito, así como las señales de tránsito que determinan ya sea una obligación o prohibición, a excepción de circunstancias especiales y justificables.”
Todos los usuarios de las vías están supuestos a cumplir estas obligaciones. Existen algunas circunstancias especiales que permiten excepciones. Estas excepciones están enlistadas en el artículo 253 de las Regulaciones Generales de la Ley de Tránsito del Ecuador, de la siguiente manera:
Art. 253 continua señalando que se necesita presentar evidencias confiables sobre estas circunstancias especiales a un agente de tránsito con el fin de justificar cualquier conducta que haya ido en contra de las regulaciones viales. Si hay un accidente, estas circunstancias deberán ser explicadas de manera similar al juez de tránsito en el juicio.
La Responsabilidad de los Conductores en el Ecuador
La presión sobre la seguridad vial en Ecuador se ha originado en personas quienes regularmente manejan vehículos motorizados. Art 270 del Reglamento General de la Ley de Tránsito del Ecuador señala: “En todo momento, los conductores son responsables de su propia seguridad, y la seguridad de los pasajeros y otro usuarios de las vías”. Las Regulaciones colocan grandes responsabilidades legales sobre los conductores mientras atraviesan las vías del Ecuador. La responsabilidad sobre la seguridad de los conductores y los requisitos que ellos cumplen con los oficiales de tránsito están estipulados en el Art. 271 del Reglamento General de la Ley de Tránsito del Ecuador mismo que señala que “los conductores guiaran sus vehículos con la máxima precaución y prudencia posible, en cumplimiento con las disposiciones e indicaciones del agente de tránsito y en general con todos las señales ubicadas en las vías públicas”.
El Art. 270 hasta el Art. 283 establece las responsabilidades específicas de todos los conductores estandarizando estas leyes y regulaciones. Estas incluyen, entre otras cosas, las siguientes reglas:
Responsabilidades de Otros Usuarios de las Vías del Ecuador
El Art. 373 del COIP señala: “La responsabilidad de los peatones, pasajeros y oficiales controladores: Cuando la persona responsable de un accidente no es un conductor sino un peatón, pasajero u otra persona, serán sancionados con las penas establecidas en los artículos correspondientes, conforme a las circunstancias de la infracción…”
Cuando se determina la causa de cualquier accidente automovilístico, es importante que el proceso judicial evalúe las responsabilidades y comportamientos de cada involucrado, ya sea que fue el conductor de un vehículo motorizado, un pasajero, o alguien en la carretera en otra calidad. Mientras es verdad que generalmente el comportamiento imprudente de parte de los conductores es la causa principal de los accidentes de tránsito en el Ecuador (como un accidente de atropello y fuga o el conducir en estado de ebriedad), la conducta de los conductores de motocicletas, ciclistas, peatones, e incluso pasajeros puede ser también ser un factor contribuyente, y estos factores no deberían ser excusados de las violaciones a sus obligaciones como usuarios de las vías (como huir o abandonar el lugar de un accidente), a pesar de que cuentan con protección especial bajo la ley ecuatoriana.
Las Responsabilidades de los Peatones en el Ecuador
El Art. 199 de la Ley de Tránsito del Ecuador señala que mientras caminan por la vía pública, los peatones deben cumplir con las siguientes regulaciones:
El Art. 266 de las Regulaciones a las Leyes de Transito señala: “Sin detrimento a las obligaciones establecidas en el Art. 199 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, los peatones que camine por la vía publica deberán cumplir con lo siguiente”:
Basado en las observaciones generales, los peatones en Ecuador a menudo no estan cumpliendo con estas regulaciones. Muchos conductores en Ecuador recordaran que en el pasado había una sobrecarga de respuestas negativas por parte de peatones cuando los agentes de tránsito intentaban multar a quienes no cumplían con estas regulaciones, a quienes por siempre y para siempre debían ser considerados como nada más que espectadores inocentes con libertad para hacer lo que les plazca en las carreteras y autopistas del Ecuador. Esta reacción negativa hizo que los oficiales de tránsito dejaran de aplicar estas políticas con respecto a los peatones. Si a la frecuente imprudencia de las personas que conducen en el Ecuador se añade esta falta de cumplimiento y aplicación de la ley, este tipo de accidentes seguirá siendo la principal causa de muertes violentas en el Ecuador.
La Responsabilidad de los Pasajeros de Buses en el Ecuador
Los pasajeros en gran medida pasan por alto en cuestiones de accidentes de tráfico y otras cuestiones de tráfico. Sin embargo, existen normas que imponen ciertas obligaciones a los pasajeros del transporte público. El Art. 202 de las Leyes de Tránsito ecuatorianas actuales establecen que los usuarios o pasajeros de los servicios de transporte público tienen las siguientes obligaciones:
Los usuarios (pasajeros) del transporte público están también sujetos al Art. 292 de la Ley Ecuatoriana de Transito, mismo que establece: “Sin prejuicio a las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, los usuarios o pasajeros del transporte público tienen las siguientes obligaciones”:
Desafortunadaente, como muchos de nosotros hemos presenciado, atestiguado o de lo contrario hemos sido informados por terceros, así como por medio de medios informativos, los pasajeros no siempre cumplen con sus obligaciones mencionadas anteriormente, y a veces transgreden gravemente alguna de ellas o todas.
Sin embargo, la intención de este artículo no es aconsejar a nadie que se declare culpable en caso de un accidente, independientemente si es conductor de cualquier tipo de vehículo, pasajero o incluso peatón. En última instancia, la determinación de la responsabilidad de las partes en cualquier accidente de transito recae en el juez de transito competente de tránsito en el juicio. No obstante, es importante que el debate nacional en Ecuador sobre la seguridad vial considere la responsabilidad de todos los que hacen uso de las vias, y considerar a todos y cada una de sus propias necesidades y preocupaciones de seguridad, así como los del público en general, sin temor a ofender a ningún grupo en particular.
El propósito de este debate es simplemente disminuir los accidentes en las carreteras y mejorar la seguridad para todos en Ecuador, en lugar de culpar a cualquier persona o tipo de usuario de la carretera en particular. Mientras esta discusión no pueda avanzar productivamente, los conductores y peatones, ciclistas, motociclistas y pasajeros probablemente continuarán acusándose unos a otros de negligentes en lugar de tomar su propia responsabilidad individual para seguir las leyes viales, y las carreteras en todo el Ecuador continuarán siendo testigos silenciosos de los accidentes de tráfico y la trágica pérdida de vidas, como tan tristemente ocurre todos los días en nuestro país.
Si podemos superar las barreras para comunicar eficazmente la importancia de las leyes ecuatorianas de tránsito anteriormente discutidas e insistir en que todos cumplan con las obligaciones que se les imponen como usuarios de las vias públicas, entonces podemos crear una cultura de paz, seguridad y responsabilidad en el Ecuador, manteniendo a las personas (y a los animales) seguros mientras viajan dentro de su pueblo o ciudad, o incluso al atravesar el país.
Para asistencia contacto Sara Chaca, un abogado ecuatoriano de habla inglesa (la oficina principal está ubicada en Cuenca pero presta servicios en todo el Ecuador). Sara es conocida por responder en menos de 24 horas (normalmente mucho más rápido); además, para cada expatriado, Sara ofrece una consulta gratuita sobre inmigración a Ecuador específica para sus circunstancias.