Leyes Ecuatorianas de Tránsito y Regulación Viales en Ecuador

Escrito y Revisado por Sara Chaca, Abogada, 1 de Enero 2022

Leyes Ecuatorianas de Transito

Cada año se suscitan varios accidentes de automovilísticos en el Ecuador, y desafortunadamente, muchas personas sufren daños severos y/o mueren en estos hechos. La frecuencia de los accidentes de tránsito en Ecuador ha intensificado el debate sobre la seguridad vial y peatonal en el Ecuador. La cultura vial en Ecuador sigue desarrollándose y evolucionando (y de igual manera las leyes de transito), y una pregunta importante y vital en el debate sobre la seguridad vial y peatonal es: quien es responsable de un accidente de tránsito en el Ecuador?

En el Ecuador, las partes responsables de un accidente de tránsito son determinadas en un juicio por medio de un juez ecuatoriano de tránsito. Este juicio termina con una sentencia del juez. Mientras que la población en general tiene la tendencia de siempre inculpar a los conductores ecuatorianos de cualquier tipo de accidente suscitado, independientemente de la determinación del juez de tránsito, la realidad actual del asunto no es tan simple. Las causas reales de los accidentes frecuentes en nuestro país requieren de un análisis más profundo. Todas las infracciones de tránsito deberían ser evaluadas y la responsabilidad legal de cada usuario vial necesitan ser bien destacadas, ya sea que se trate del incumplimiento sin incidentes de no haber observado una norma de circulación hasta sobre las formas más traicioneras de accidentes de atropello y fuga en el Ecuador.

Infracciones de Tránsito en el Ecuador

Art. 371 del Código Orgánico General de Procesos (COIP) establece: “Las infracciones de tránsito o las omisiones ocasionadas en el área del transporte y seguridad vial son contravenciones de tránsito.”

Adicionalmente, el Art. 183 de la ley de tránsito del Ecuador establece: “Los usuarios de las vías están obligados a obedecer las regulaciones y las leyes de tránsito, las indicaciones procedentes de un agente de tránsito, así como las señales de tránsito que determinan ya sea una obligación o prohibición, a excepción de circunstancias especiales y justificables.”

Todos los usuarios de las vías están supuestos a cumplir estas obligaciones. Existen algunas circunstancias especiales que permiten excepciones. Estas excepciones están enlistadas en el artículo 253 de las Regulaciones Generales de la Ley de Tránsito del Ecuador, de la siguiente manera:

  1. Emergencias de Salud, si la vida de alguien está en peligro.
  2. Emergencias Viales.
  3. Desastres Naturales.
  4. Incendios o catástrofes similares.

Art. 253 continua señalando que se necesita presentar evidencias confiables sobre estas circunstancias especiales a un agente de tránsito con el fin de justificar cualquier conducta que haya ido en contra de las regulaciones viales. Si hay un accidente, estas circunstancias deberán ser explicadas de manera similar al juez de tránsito en el juicio.

La Responsabilidad de los Conductores en el Ecuador

La presión sobre la seguridad vial en Ecuador se ha originado en personas quienes regularmente manejan vehículos motorizados. Art 270 del Reglamento General de la Ley de Tránsito del Ecuador señala: “En todo momento, los conductores son responsables de su propia seguridad, y la seguridad de los pasajeros y otro usuarios de las vías”. Las Regulaciones colocan grandes responsabilidades legales sobre los conductores mientras atraviesan las vías del Ecuador. La responsabilidad sobre la seguridad de los conductores y los requisitos que ellos cumplen con los oficiales de tránsito están estipulados en el Art. 271 del Reglamento General de la Ley de Tránsito del Ecuador mismo que señala que “los conductores guiaran sus vehículos con la máxima precaución y prudencia posible, en cumplimiento con las disposiciones e indicaciones del agente de tránsito y en general con todos las señales ubicadas en las vías públicas”.

El Art. 270 hasta el Art. 283 establece las responsabilidades específicas de todos los conductores estandarizando estas leyes y regulaciones. Estas incluyen, entre otras cosas, las siguientes reglas:

  1. Los conductores siempre deben conducir por el carril derecho, excepto en casos especiales tal como se establece en la ley o aquellos que son indicados por un agente de tránsito.
  2. Los conductores deben reducir la velocidad cuando los peatones se encuentren cerca; los conductores no deben llevar a niños menores de 12 años en el asiento del frente.
  3. Los conductores deben obedecer las disposiciones sobre seguridad vial.
  4. Los conductores deben garantizar la seguridad de pasajeros y peatones. Mientras los conductores tienen un nivel alto de responsabilidad en caso de accidentes, de igual manera las vías son usadas por otros quienes no están operando un vehículo motorizado, y es importante recordar que dichos usuarios también tienen ciertas responsabilidades.

Responsabilidades de Otros Usuarios de las Vías del Ecuador

El Art. 373 del COIP señala: “La responsabilidad de los peatones, pasajeros y oficiales controladores: Cuando la persona responsable de un accidente no es un conductor sino un peatón, pasajero u otra persona, serán sancionados con las penas establecidas en los artículos correspondientes, conforme a las circunstancias de la infracción…”

Cuando se determina la causa de cualquier accidente automovilístico, es importante que el proceso judicial evalúe las responsabilidades y comportamientos de cada involucrado, ya sea que fue el conductor de un vehículo motorizado, un pasajero, o alguien en la carretera en otra calidad. Mientras es verdad que generalmente el comportamiento imprudente de parte de los conductores es la causa principal de los accidentes de tránsito en el Ecuador (como un accidente de atropello y fuga o el conducir en estado de ebriedad), la conducta de los conductores de motocicletas, ciclistas, peatones, e incluso pasajeros puede ser también ser un factor contribuyente, y estos factores no deberían ser excusados de las violaciones a sus obligaciones como usuarios de las vías (como huir o abandonar el lugar de un accidente), a pesar de que cuentan con protección especial bajo la ley ecuatoriana.

Las Responsabilidades de los Peatones en el Ecuador

El Art. 199 de la Ley de Tránsito del Ecuador señala que mientras caminan por la vía pública, los peatones deben cumplir con las siguientes regulaciones:

  1. Obedecer todas las indicaciones proporcionadas por los agentes de transito.
  2. Usar las calles y veredas únicamente para actividades que no pongan en riesgo su propia seguridad, o la seguridad de terceros o de la propiedad.
  3. Abstenerse de pedir ayuda o de solicitar transporte a conductores en localidades inapropiadas o prohibidas.
  4. Cruzar las calles únicamente por las veredas y pasos cebra, y en caso de no haber veredas, hacerlo únicamente por las esquinas de intersección.
  5. Abstenerse de caminar por las calles que están traficadas por vehículos motorizados.
  6. Abstenerse de cruzar la calle en frente o por atrás de vehículos que estén estacionados momentáneamente.
  7. Si no hay veredas, caminar por los márgenes designados en el carretera, y si no hay señales, mantenerse a la orilla de la carretera y caminar en dirección opuesta al tráfico vehicular.
  8. Entrar y salir del vehículo sin adentrarse al flujo de tráfico de la carretera, y únicamente cuando el vehículo haya parado completamente cerca de la vereda.
  9. Asegurar la seguridad de los conductores y otras personas en la carretera a todo momento.
  10. Adherirse a todas las demás reglas establecidas en todas las regulaciones.

El Art. 266 de las Regulaciones a las Leyes de Transito señala: “Sin detrimento a las obligaciones establecidas en el Art. 199 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, los peatones que camine por la vía publica deberán cumplir con lo siguiente”:

  1. Abrir paso a los vehículos oficiales despejando la carretera y permanecer en refugios o áreas peatonales cuando un camión de bomberos, ambulancias, policía, y carros oficiales están activos y usando sus sirenas.
  2. Grupos de niños deben ser guiados a las veredas en una o dos filas, y deben tener un guía al frente y en la parte posterior de la fila, preferiblemente sosteniéndose de las manos. Mientras cruzan las calles, los guías deben solicitar asistencia de un oficial de tránsito en caso de estar presentes.
  3. Los peatones deben abstenerse de cruzar las calles de manera diagonal, en momentos inoportunos, o exhibiendo cualquier otra conducta imprudente.
  4. Mientras los peatones crucen las calles deben tener todas las precauciones en la carretera que no cuentan con intersecciones, semáforos, veredas, o pasos cebras que crean condiciones seguras para los peatones. Peatones deben siempre evitar cruzar en curvas.
  5. Los peatones deber abstenerse de caminar en carreteras públicas que tengas estructuras que puedan poner en riesgo su seguridad, tal como túneles, pasos elevados, y puentes que están designados únicamente para el trafico vehicular.
  6. Peatones deben permitir la realización de examen SITU para detectar alcohol, sustancias psicotrópicas y narcóticos a cargo de un agente de tráfico que en todo caso deberá seguir los derechos y procedimientos de estas pruebas que se establecen en el presente reglamento.

Basado en las observaciones generales, los peatones en Ecuador a menudo no estan cumpliendo con estas regulaciones. Muchos conductores en Ecuador recordaran que en el pasado había una sobrecarga de respuestas negativas por parte de peatones cuando los agentes de tránsito intentaban multar a quienes no cumplían con estas regulaciones, a quienes por siempre y para siempre debían ser considerados como nada más que espectadores inocentes con libertad para hacer lo que les plazca en las carreteras y autopistas del Ecuador. Esta reacción negativa hizo que los oficiales de tránsito dejaran de aplicar estas políticas con respecto a los peatones. Si a la frecuente imprudencia de las personas que conducen en el Ecuador se añade esta falta de cumplimiento y aplicación de la ley, este tipo de accidentes seguirá siendo la principal causa de muertes violentas en el Ecuador.

La Responsabilidad de los Pasajeros de Buses en el Ecuador

Los pasajeros en gran medida pasan por alto en cuestiones de accidentes de tráfico y otras cuestiones de tráfico. Sin embargo, existen normas que imponen ciertas obligaciones a los pasajeros del transporte público. El Art. 202 de las Leyes de Tránsito ecuatorianas actuales establecen que los usuarios o pasajeros de los servicios de transporte público tienen las siguientes obligaciones:

  1. Abstenerse de usar cualquier servicio de transporte público cuando un conductor es o aparenta estar bajo los efectos del alcohol, narcóticos, o drogas psicotrópicos.
  2. Abstenerse de cometer actos que atenten contra la seguridad, bienestar, y tranquilidad, o integridad del resto de usuarios, o tomar cualquier acción que viole las disposiciones legales o reglamentarias.
  3. Usar únicamente paradas autorizadas para subir y bajar de las unidades, y solicitar la parada con anticipación.
  4. Abstenerse de realizar cualquier acto que vaya en contra del uso apropiado de los buses y propiedad pública.
  5. Ceder los asientos designados para personas con discapacidad y otras personas vulnérales.
  6. Abstenerse de fumar dentro del transporte público.
  7. Evitar dejar basura dentro de las unidades.
  8. Cumplir con cualquier otra disposición establecida en las regulaciones y otras políticas.

Los usuarios (pasajeros) del transporte público están también sujetos al Art. 292 de la Ley Ecuatoriana de Transito, mismo que establece: “Sin prejuicio a las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, los usuarios o pasajeros del transporte público tienen las siguientes obligaciones”:

  1. Notificar a un agente de tránsito o un oficial de la policía nacional, o, en su ausencia, llamar a una estación de policía o un departamento de servicios de emergencia, si sospechan que un conductor de transporte público está bajo la influencia del alcohol, narcóticos, o sustancia psicotrópicas. El pasajero debe ser capaz de identificar de manera correcta el vehículo cuando realice la llamada.
  2. Abstenerse de ingresar a un bus cuando este haya alcanzado su capacidad de pasajeros.
  3. Abstenerse de utilizar los estribos del transporte público para viajar.
  4. Abstenerce de distraer al conductor del bus cuando el vehiculo este en marcha.
  5. Abstenerce de llevar animales a menos que el vehiculo sea adecuado para su transporte. Personas con discapacidad visual que llevan consigo perros lazarillos especialmente adiestrados bajo su control y responsabilidad quedan excluidas de este reglamento.
  6. Abstenerce de transportar materiales, objetos peligrosos,o armas sin los permisos apropiados y/o que no sean los permitidos por los reglamentos específicos.
  7. Notificar al conductor del bus sobre los pasajeros que esten causando problemas por conductas contrarias a la moral y sensibilidad general de terceros, así como notificar al conductor sobre personas que transporten materiales, objetos o armas peligrosos.
  8. Exigir que el conductor del autobús permita el tiempo y la seguridad adecuados para el embarque y desembarque de los pasajeros, arrancando y deteniendolo sin sacudir el autobús ni causar ningún otro movimiento brusco, manteniendo las puertas cerradas hasta que el autobús se detenga completamente, y parando lo más cerca posible del borde derecho de la carretera.
  9. Exigir al conductor del autobús que se abstenga de cargar gasolina al vehículo cuando los pasajeros esten dentro.

Desafortunadaente, como muchos de nosotros hemos presenciado, atestiguado o de lo contrario hemos sido informados por terceros, así como por medio de medios informativos, los pasajeros no siempre cumplen con sus obligaciones mencionadas anteriormente, y a veces transgreden gravemente alguna de ellas o todas.

Sin embargo, la intención de este artículo no es aconsejar a nadie que se declare culpable en caso de un accidente, independientemente si es conductor de cualquier tipo de vehículo, pasajero o incluso peatón. En última instancia, la determinación de la responsabilidad de las partes en cualquier accidente de transito recae en el juez de transito competente de tránsito en el juicio. No obstante, es importante que el debate nacional en Ecuador sobre la seguridad vial considere la responsabilidad de todos los que hacen uso de las vias, y considerar a todos y cada una de sus propias necesidades y preocupaciones de seguridad, así como los del público en general, sin temor a ofender a ningún grupo en particular.

El propósito de este debate es simplemente disminuir los accidentes en las carreteras y mejorar la seguridad para todos en Ecuador, en lugar de culpar a cualquier persona o tipo de usuario de la carretera en particular. Mientras esta discusión no pueda avanzar productivamente, los conductores y peatones, ciclistas, motociclistas y pasajeros probablemente continuarán acusándose unos a otros de negligentes en lugar de tomar su propia responsabilidad individual para seguir las leyes viales, y las carreteras en todo el Ecuador continuarán siendo testigos silenciosos de los accidentes de tráfico y la trágica pérdida de vidas, como tan tristemente ocurre todos los días en nuestro país.

Si podemos superar las barreras para comunicar eficazmente la importancia de las leyes ecuatorianas de tránsito anteriormente discutidas e insistir en que todos cumplan con las obligaciones que se les imponen como usuarios de las vias públicas, entonces podemos crear una cultura de paz, seguridad y responsabilidad en el Ecuador, manteniendo a las personas (y a los animales) seguros mientras viajan dentro de su pueblo o ciudad, o incluso al atravesar el país.

Para asistencia contacto Sara Chaca, un abogado ecuatoriano de habla inglesa (la oficina principal está ubicada en Cuenca pero presta servicios en todo el Ecuador). Sara es conocida por responder en menos de 24 horas (normalmente mucho más rápido); además, para cada expatriado, Sara ofrece una consulta gratuita sobre inmigración a Ecuador específica para sus circunstancias.

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